Un microcrédito de 300 euros a devolver en 30 días cuesta hoy, de media, 103 euros, según el Ministerio de Economía. Más de un tercio del capital solo en intereses y comisiones. Con la reforma que prepara el Gobierno, ese mismo préstamo, devuelto en un mínimo de tres meses, no podría costar más de 40 euros. Es el ejemplo que usa el propio Ministerio para explicar el anteproyecto de ley que el Consejo de Ministros aprobó en primera vuelta el 7 de enero de 2026 para poner coto a los intereses de microcréditos, tarjetas revolving y préstamos rápidos online. Pero conviene tener clara una cosa desde el principio: a octubre de 2026, esa ley todavía no está en vigor.
El crédito al consumo en España alcanzó en noviembre de 2025 un máximo histórico: unos 114.000 millones de euros, en torno al 15 % del crédito a los hogares. Los microcréditos apenas representan el 0,5 % de ese volumen, pero suponen el 9 % de las operaciones y pesan sobre todo en los hogares de menor renta, según los datos que dio el Gobierno al presentar la norma. Ese desequilibrio —poco dinero prestado, muchísimas operaciones, coste desproporcionado— es la razón por la que el Gobierno quiere regular microcréditos, revolving y préstamos rápidos bajo una misma ley.
Tabla de contenidos
- 1 Qué ha aprobado realmente el Gobierno (y qué sigue siendo un proyecto)
- 2 El límite transitorio del 22 % y las tarjetas revolving
- 3 Antes y después: lo que cambia para un microcrédito real
- 4 Los tramos definitivos: el margen que tendrá cada préstamo sobre el tipo medio
- 5 Quién podrá prestarte dinero a partir de ahora
- 6 Si ya tienes un crédito caro: qué hacer mientras la ley termina de aterrizar
Qué ha aprobado realmente el Gobierno (y qué sigue siendo un proyecto)
Aquí conviene no confundirse, porque varios medios han dado por hecho algo que todavía no es del todo cierto. Lo que existe hoy es un anteproyecto de ley de contratos de crédito al consumo, aprobado por el Consejo de Ministros el 7 de enero de 2026 y sometido a audiencia pública hasta el 30 de enero. Transpone dos directivas europeas —la de crédito al consumo y la de servicios financieros a distancia— y todavía debe completar su trámite parlamentario antes de publicarse en el BOE como ley definitiva.
El plazo para trasponer la directiva europea (Directiva (UE) 2023/2225) venció el 20 de noviembre de 2025, y la Comisión Europea envió a España un dictamen motivado a finales de septiembre de 2026 por no haberla incorporado. La directiva se aplica desde el 20 de noviembre de 2026, pero a octubre de 2026 el anteproyecto español no ha recibido la aprobación en segunda vuelta ni ha llegado al Congreso, así que es difícil que esté vigente en esa fecha. Mientras tanto, sigue aplicándose la Ley 16/2011 de contratos de crédito al consumo, que no fija un tope general de intereses.
El límite transitorio del 22 % y las tarjetas revolving
El anteproyecto fija, mientras no esté operativo el sistema definitivo por tramos, un tope máximo transitorio del 22 % TAE. Ese límite se aplicaría a las nuevas operaciones que se firmen tras la entrada en vigor de la norma, pero también a la liquidación de tarjetas revolving ya contratadas. Dicho de otro modo: no protegería solo a quien firme un contrato nuevo, también condicionaría lo que puedes seguir pagando por una tarjeta que ya tenías.
El ministro de Economía estimó al presentar la norma que uno de cada cuatro préstamos de tarjetas revolving tendría que revisarse a la baja si se aprueba con ese límite. No es un cambio simbólico: muchas revolving se han comercializado con TAE por encima del 20 %, y con cuotas bajas ese tipo hace que cada pago apenas reduzca el capital pendiente, el llamado «efecto bola de nieve» sobre el que advierte el Banco de España en su portal de educación financiera.
Hazlo con tu propia tarjeta: si arrastras 2.000 € de saldo en una revolving al 26 % TAE, pagas al año en torno a 500 € en intereses, y si tu cuota es reducida el capital apenas baja. Con el mismo saldo al 22 %, la factura anual se quedaría por debajo de 450 €. No parece una diferencia enorme sobre el papel, pero multiplicada por los años que muchas de estas tarjetas llevan abiertas, la diferencia acumulada sí lo es.
Ese techo del 22 %, si se aprueba, no sustituirá a la doctrina de usura que ya aplican los tribunales. Si tienes o has tenido una tarjeta revolving con un interés notablemente superior al tipo medio de mercado en el momento de la contratación, puedes reclamar ya con los criterios que el Tribunal Supremo lleva años aplicando para declarar nulos esos contratos, sin esperar a la nueva ley.
Antes y después: lo que cambia para un microcrédito real
Los números convencen más que cualquier explicación. Así cambiaría, según el anteproyecto y el ejemplo del Gobierno, el coste de un microcrédito de importe reducido si la ley se aprueba en estos términos:
| Concepto | Situación actual | Según el anteproyecto (no vigente) |
|---|---|---|
| Microcrédito de 300€ a 30 días | Coste medio de 103€ | Máximo 40 € devuelto en tres meses (20 € si se amortiza anticipadamente) |
| Interés mensual | Sin tope legal específico | Máximo 4% al mes |
| Comisión de apertura | Variable, sin límite claro | Máximo el 5% o 30€, lo que sea menor |
| Plazo mínimo de devolución | A veces 15 o 20 días | Mínimo 3 cuotas mensuales |
El ahorro en el ejemplo del microcrédito de 300 euros superaría el 60 %. Y es el ejemplo que el propio Ministerio de Economía usa para explicar la norma. La comisión de apertura limitada al 5 % (o 30 €) y la exigencia de un plazo mínimo de tres cuotas eliminarían el modelo de negocio de prestar 300 € a devolver en pocas semanas con un coste equivalente a una TAE de varios miles por ciento.
Los tramos definitivos: el margen que tendrá cada préstamo sobre el tipo medio
El límite del 22 % sería solo el parche mientras se activa el sistema definitivo. Una vez en marcha, el Banco de España publicaría cada trimestre el tipo medio del crédito al consumo, y sobre ese tipo medio se sumaría un margen que varía según el importe:
Hasta 1.500 euros, el margen propuesto es de 15 puntos porcentuales sobre el tipo medio. Entre 1.500 y 6.000 euros, baja a 10 puntos. Por encima de 6.000 euros, se movería entre 8 y 6 puntos. Cuanto más pequeño el préstamo, más margen se permite —porque el coste fijo de gestionar un crédito pequeño pesa más—, pero el techo dejaría de ser una cifra fija como el 22 %: se movería con el mercado, trimestre a trimestre.
Hasta que el Banco de España publique esos tipos de referencia, no hay forma oficial de saber en qué TAE máxima concreta quedaría cada tramo, y cualquier cifra cerrada es una estimación. Lo que sí marca el texto es la dirección: cuanto mayor el importe, menor el margen permitido sobre el tipo medio.
Quién podrá prestarte dinero a partir de ahora
La otra pata de la reforma tiene menos titulares pero puede que más impacto a medio plazo: solo entidades autorizadas por el Banco de España podrían conceder crédito al consumo. El anteproyecto crea dos figuras nuevas para dar entrada a operadores que hoy funcionan fuera de esa supervisión: los establecimientos financieros de crédito de actividad limitada (EFCAL) y los prestamistas de alto coste, con un régimen especial de conducta.
La clave para cualquier consumidor: según el texto, conceder crédito sin esa autorización podría acarrear la nulidad de pleno derecho del contrato. Además, se refuerza la evaluación de solvencia, se fija un plazo mínimo de 24 horas para la aprobación de los créditos de alto coste y se prohíbe que la publicidad se centre solo en la inmediatez del crédito, así que, si la ley se aprueba, es probable que cambie el tono de los anuncios de créditos rápidos sin papeleos.
Si ya tienes un crédito caro: qué hacer mientras la ley termina de aterrizar
Si tienes una tarjeta revolving o un préstamo rápido con una TAE que te parece desorbitada, no hace falta esperar a la nueva ley para revisarlo. La vía de reclamación por usura ya existe y es independiente de este anteproyecto. Según el Tribunal Supremo (sentencia de Pleno 350/2025, de 5 de marzo), la nulidad por usura puede pedirse en cualquier momento, pero la devolución de lo pagado de más sí está sujeta a plazo de prescripción, así que conviene no dejarlo pasar. Si se declara la usura, solo debes devolver el capital recibido.
Tres cosas concretas que puedes hacer sin esperar a que la ley se cierre: localiza el contrato original de tu tarjeta o préstamo y busca la TAE que figura en las condiciones (no la cuota mensual, que es lo que suele destacarse en letra grande); calcula cuánto llevas pagado hasta ahora y cuánto de ese importe corresponde a capital frente a intereses; y, si el número te sorprende, consulta con una asociación de consumidores o un abogado antes de firmar cualquier refinanciación que te ofrezca la propia entidad, porque a veces esa «solución» solo esconde una tarjeta nueva con condiciones parecidas.
Si necesitas financiar un gasto puntual mientras tanto, antes de recurrir a una tarjeta revolving haz la cuenta completa: en nuestra comparativa de cómo financiar un gasto sin caer en el revolving verás que casi siempre hay una alternativa más barata. Y si tu perfil no encaja en la banca tradicional —sin nómina fija, por ejemplo— existen opciones reguladas antes de acudir a un prestamista sin supervisión: repasa qué piden realmente los préstamos para quienes no tienen ingresos estables antes de firmar cualquier cosa por urgencia.
Un aviso: limitar los intereses no resuelve por qué tanta gente necesita 300 euros a final de mes. Un riesgo que se ha señalado en el debate sobre la reforma es que los hogares más vulnerables, sin acceso a crédito regulado y con menos opciones cuanto más se aprieta el mercado formal, acaben recurriendo a préstamos entre particulares fuera de cualquier supervisión. Limitar el precio del crédito no resuelve por sí solo la falta de ingresos ni de educación financiera que lleva a muchos hogares a necesitarlo.



