Once por ciento anual. Es la cifra que más se repite en los banners de las plataformas de crowdlending cuando entras a mirar qué hacer con esos 5.000 euros que tienes parados en el banco. Suena mucho mejor que el 3% de un depósito o el 2,8% de una cuenta remunerada. El problema es que ese 11% es una rentabilidad bruta y teórica, calculada antes de que Hacienda, el banco custodio y algún que otro préstamo impagado se lleven su parte. Nadie en la publicidad te enseña la resta.
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El truco está en el TAE que enseñan, no en el que cobras
Plataformas como Mintos, PeerBerry o Robocash publican una rentabilidad histórica media de entre el 10% y el 12% anual sobre los préstamos que financian inversores particulares. Ese dato es real, en el sentido de que corresponde a los intereses que pagan los originadores de los créditos. Pero es solo el punto de partida, no lo que termina llegando a tu cuenta.
Por el camino hay tres recortes que casi ningún comparador explica con números concretos:
- Retención en origen. Si la plataforma está domiciliada fuera de España (Letonia, en el caso de Mintos), aplica por defecto una retención sobre los intereses generados, habitualmente del 20%. Si subes tu certificado de residencia fiscal español, baja al 5% — pero hay que acordarse de hacerlo, y ese trámite no lo hace nadie por ti.
- IRPF en la base del ahorro. Los rendimientos del crowdlending tributan como capital mobiliario, en la misma escala que un depósito o un fondo. Y esa escala ha subido en 2026: 19% hasta 6.000€, 21% entre 6.000 y 50.000€, 23% hasta 200.000€, 27% hasta 300.000€ y 30% a partir de ahí. El tipo marginal máximo ya no es el 28% del año pasado.
- Impago sin recuperación total. Ninguna plataforma tiene una tasa de default del 0%. Cuando un originador quiebra o se retrasa más allá del buyback garantizado, una parte de ese capital tarda meses en volver o directamente no vuelve.
Así queda un euro invertido en la práctica
Cojamos un caso realista: 5.000€ repartidos en préstamos con una TAE media anunciada del 11%, con certificado de residencia fiscal ya presentado (retención del 5%) y sin otras rentas del ahorro ese año.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Rentabilidad bruta anunciada (11% de 5.000€) | 550,00€ |
| Retención en origen (5%, recuperable como deducción) | -27,50€ |
| IRPF base del ahorro (tramo del 19%) | -104,50€ |
| Pérdida estimada por impagos no recuperados (1,5 puntos) | -75,00€ |
| Rentabilidad neta real aproximada | ~343€ (6,9%) |
La retención se recupera vía deducción por doble imposición internacional en la declaración, así que en la práctica el golpe fuerte es el IRPF y la morosidad. Con eso, el 11% de la publicidad se convierte en un 6,5-7% neto real en un año medio, y puede bajar más si tocan originadores flojos. Compáralo con una depósito a plazo fijo al 3,1% TAE, con impuestos similares pero sin riesgo de impago: el neto ronda el 2,5%, casi tres puntos por debajo, pero con el capital protegido por el Fondo de Garantía de Depósitos hasta 100.000€. La diferencia de rentabilidad existe, sin duda, pero es bastante más pequeña de lo que parece a primera vista.
El riesgo que la publicidad no menciona: cuando la plataforma desaparece
Entre 2019 y 2020, varias plataformas bálticas de crowdlending —Envestio, Kuetzal y Grupeer entre las más sonadas— se esfumaron con el dinero de sus inversores. Se estima que la cifra perdida superó los 35 millones de euros entre las tres. No eran plataformas pequeñas ni desconocidas: tenían miles de usuarios y ofrecían rentabilidades de «solo» el 14-18%, apenas un poco por encima de lo que hoy anuncian plataformas serias.
Ojo con esto: una rentabilidad anunciada muy por encima de la media del sector (hoy, ese techo ronda el 12-13% en plataformas reguladas) no es una ganga, es una señal de alarma. Cuanto más alto el interés prometido, más probable que el originador detrás sea de peor calidad crediticia o que la plataforma esté inflando cifras para captar capital rápido antes de cerrar.
Los límites que Bruselas te pone desde 2023
Desde noviembre de 2023, todas las plataformas de crowdlending que operan en España deben estar autorizadas bajo el Reglamento europeo ECSP y registradas ante la CNMV como PSFP (Proveedor de Servicios de Financiación Participativa). Las que tenían licencia antigua tuvieron hasta noviembre de 2025 para adaptarse — si una plataforma sigue sin figurar en el registro público de la CNMV a estas alturas, mejor no meter un euro ahí, independientemente de lo bonita que sea su web.
La regulación trae también un límite que muchos inversores desconocen: si no pasas el test de idoneidad como inversor «sofisticado», el reglamento limita tu inversión a 3.000€ por proyecto individual y 10.000€ al año por plataforma. Es una barrera de protección pensada precisamente para que nadie meta los ahorros de toda una vida en un solo originador que puede quebrar mañana. La plataforma también está obligada a entregarte una Ficha de Datos Fundamentales de la Inversión (KIID) antes de cada operación — vale la pena leerla, aunque sea por encima, porque ahí suelen aparecer las tasas de impago reales del originador concreto, no la media general de la plataforma.
Diversificar de verdad importa más que elegir la plataforma con mejor marketing. No sirve de mucho repartir 5.000€ entre dos o tres préstamos grandes: si uno de esos originadores tropieza, el golpe se nota en la rentabilidad de todo el año. La práctica habitual entre inversores con más recorrido es usar el auto-invertir de la plataforma para repartir el capital en 100-200 préstamos de 20-50€ cada uno, fijando un límite máximo por originador que normalmente no supera el 5-10% del total invertido. También conviene mirar la calificación que cada plataforma asigna a sus originadores —suelen usar escalas de A a F según su solvencia y el capital propio que comprometen— y desconfiar de los que se mueven siempre en la parte baja de esa escala solo porque pagan algo más de interés. Un originador con piel en el juego, es decir, que también arriesga capital propio en cada préstamo junto al de los inversores, da más garantías que uno que se limita a intermediar sin asumir ningún riesgo real.
El Modelo 720 que se olvida casi todo el mundo
Si el saldo conjunto de tus cuentas e inversiones en plataformas extranjeras supera los 50.000€ a 31 de diciembre, existe obligación de presentar el Modelo 720 ante Hacienda. Es una declaración informativa, no supone pagar más impuestos por sí sola, pero las sanciones por no presentarla o presentarla tarde son desproporcionadamente altas. Quien reparte 5.000 o 10.000€ entre dos o tres plataformas no tiene que preocuparse por esto. Quien va acumulando rentabilidades reinvertidas año tras año, sí debería vigilar el saldo cada diciembre.
Para quien prefiere quedarse dentro de productos con fiscalidad más simple y sin declaraciones informativas añadidas, unas cuentas remuneradas competitivas o las letras del Tesoro cubren buena parte de esa necesidad de rentabilidad sin riesgo con bastante menos papeleo.
¿Compensa entonces meter dinero en crowdlending? Depende de para qué lo quieras. Como sustituto de un fondo de emergencia, no: ahí gana por goleada una cuenta remunerada o un fondo monetario, líquidos y sin riesgo de impago. Como parte pequeña de una cartera diversificada —el 5-10% que ya estaba destinado a activos de mayor riesgo, junto a algo de renta variable o fondos indexados— tiene más sentido, siempre repartiendo entre varios originadores y nunca superando lo que estás dispuesto a no recuperar si algo sale mal. La rentabilidad neta real, entre el 6,5% y el 8,5% en un año sin sobresaltos, sigue siendo interesante frente a las alternativas sin riesgo. Lo que no es razonable es tratarlo como si fuera un depósito con mejor interés, porque no lo es.



